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miércoles, 16 de abril de 2014

Ruz rechaza archivar la investigación por torturas en el Sáhara y Guantánamo

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha decidido proseguir con la investigación judicial por delitos de “torturas y contra la integridad moral, en concurso con uno o varios delitos de crímenes de guerra”, supuestamente cometidos contra presos de la base militar estadounidense en Guantánamo (Cuba). El magistrado sostiene que, aunque la nueva ley de jurisdicción universal impediría poder perseguir aquí esos delitos, existen tratados internacionales que obligan a España a actuar. Ruz también seguirá investigando una acusación de supuesto genocidio en el Sáhara.

En un auto conocido este martes, el magistrado reitera la petición de la comisión rogatoria que cursó en enero a EE UU y en la que preguntaba por el estado actual de las investigaciones efectuadas allí sobre Abdul Latif Al Banna, Omar Deghayes, Hamed Abderrahman, Ahmed y Lahcen Ikassrien. Todos ellos fueron entregados a las autoridades españolas, después de pasar por Guantánamo, porque tenían causas pendientes en España. El fiscal pidió a Ruz indagar si sufrieron “padecimientos físicos [o] psíquicos durante el tiempo de su custodia bajo la autoridad de los EE UU”, desde que fueron detenidos en diversos países (Afganistán, Pakistán o Gambia) hasta su traslado a Guantánamo, “en el contexto de la intervención militar de EE UU en Afganistán” de 2001.

El juez analiza la situación creada con la nueva ley de justicia universal del PP para concluir que, “de acuerdo a la nueva norma”, el delito de torturas y el de crímenes de guerra no se podrían perseguir, porque no se cumple el requisito de que el procedimiento vaya dirigido contra un español o extranjero residente en España (aunque uno de los denunciantes sí es español). Sin embargo, el auto sostiene que esa nueva ley de justicia universal entra en “evidente colisión” con los tratados internacionales suscritos por España, “que integran nuestro ordenamiento jurídico”. El juez recuerda los convenios de Ginebra y la Convención Contra la Tortura, que imponen a los Estados firmantes la obligación de perseguir delitos. Para Ruz, hay, por tanto, un conflicto entre normas.

La reforma de la justicia universal establece, por otro lado, que no se pueden perseguir delitos en España si se acredita que están siendo investigados en un tribunal internacional o en uno del Estado donde se cometieron los hechos. Ruz analiza esa nueva redacción del llamado principio de subsidiariedad, los autos de la Sala Penal y la doctrina del Supremo para concluir que procede insistir en pedir la comisión rogatoria cursada en enero a EE UU. Cuando se incorporen esos datos y se averigüe en qué estado están las investigaciones en EE UU, Ruz elevará su razonamiento al Supremo, para que este se pronuncie sobre la posible concurrencia del principio de subsidiariedad y decida si la causa debe proseguir o no.

En otros dos autos conocidos este martes, Pablo Ruz también rechaza archivar la investigación de genocidio contra varios militares marroquíes por crímenes en el Sáhara. El juez señala que, tal y como informo la fiscalía, los hechos se cometieron tras la época colonial, “en territorio que a todos los efectos debe tener la consideración de español en el momento de comisión”. El supuesto delito fue cometido contra ciudadanos españoles en el momento en que el Sáhara Occidental era provincia española, “en concreto entre los meses de noviembre de 1975 y el 28 de febrero de 1976”. “Debiendo también asumirse”, añade, “la competencia de los hechos ocurridos con posterioridad al abandono del territorio por parte de las autoridades españolas en la medida que los mismos resultan conexos con los anteriores”.

Ruz también se declara competente para seguir investigando una querella por genocidio presentada por la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos contra varios dirigentes del Frente Polisario.

Fuente: El país

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