El Defensor del Pueblo ha decidido recurrir ante el Tribunal Constitucional el plan de rescate para Ayuntamientos que el Gobierno puso en marcha el pasado diciembre. En concreto, la institución que preside Soledad Becerril pretende impugnar dos apartados de la disposición adicional tercera de un real decreto de 29 de noviembre que atribuyen a la junta de gobierno local o al regidor las competencias del Pleno del Ayuntamiento para sacar adelante un plan de ajuste financiero o medidas contra la morosidad. En definitiva, el decreto otorga al ejecutivo municipal unas atribuciones que corresponden al Pleno.
El Defensor cuestiona la constitucionalidad de esa disposición porque "restringe el reducto indisponible o núcleo esencial de la institución local" -según anteriores sentencias del Constitucional- del régimen de autonomía local. Becerril ha considerado de tal forma “procedente” la solicitud de Izquierda Unida, a través del diputado y portavoz económico de la formación en el Congreso, Alberto Garzón.
En su carta a la defensora, Garzón destacaba un párrafo de la memoria del decreto ley, que avisaba del fin último que pretende el Gobierno con esta norma: "El objetivo de esta disposición es facilitar la mayor incorporación posible de municipios a las medidas extraordinarias citadas eliminando obstáculos que no deberían afectar al logro de la estabilidad y del reequilibrio de aquellas entidades”. En su respuesta, el Defensor del Pueblo señala que "no puede compartir que el respeto por las reglas procedimentales, más cuando se atienen al principio de las mayorías (que exige el respeto por las minorías) pueda ser calificado de obstáculo". Y añade que "es simplemente un ingrediente de la decisión: si la ley hasta ahora requiere mayoría del Pleno, no es ello propiamente un obstáculo, sino un requisito, sin el cual la decisión no existe o es inválida". Así las cosas, los servicios jurídicos del Defensor del Pueblo, según recuerda la formación de Cayo Lara,"infieren que el decreto-ley del Gobierno impugnado por IU puede confrontar con los artículos 1, 23, 137 y 140 de la Constitución".
Todo tiene su origen en la estabilidad financiera.El Ministerio de Hacienda puso en marcha un plan de rescate para 402 municipios con graves problemas financieros que finalmente solo 101 aceptaron. Para saltarse las resistencias locales, el ministerio eliminó la obligación de que fuese el pleno municipal el encargado de pronunciase a favor de aceptar las medidas. Con un acuerdo de la junta de Gobierno o, en Ayuntamientos pequeños, del propio alcalde, fue suficiente para aceptar las condiciones del rescate financiero con draconianas contrapartidas. Los Ayuntamientos rescatados han tenido que crear una cuenta bancaria específica donde se depositan los adelantos que reciben de sus ingresos procedentes del Estado y no pueden utilizar esa liquidez para otra cosa que no sea hacer frente al pago de deudas. El plan del Gobierno ofrece a cambio ciertas ventajas. Les facilita condiciones muy favorables para hacer frente a sus créditos y fracciona los pagos, pero impone duras condiciones en cuanto al control del gasto. "A ellos les interesa el entrar en este mecanismo para beneficiarse del fraccionamiento. En las deudas con la Agencia Tributaria serán de hasta 10 años", señaló Hacienda en la presentación del rescate.
Cuando justificó la medida, Hacienda aseguraba que en muchos casos los problemas de los Ayuntamientos se producían por los elevados niveles de deuda unidos a la caída de ingresos y mala gestión. “Algunos inflan los ingresos en los presupuestos, a veces hasta un 30%, y después no los alcanzan", aseguran en Hacienda. Los mecanismos propuestos no generan déficit para el Estado: son medidas de tesorería acompañadas de compromisos reducción de gasto por parte de los Ayuntamientos y el aumento de ingresos. Pero obligan a que los recortes recaigan en gasto corriente y personal. Al mismo tiempo los rescatados tienen que aumentar los impuestos, tasas y precios públicos de los servicios que prestan. Todo para conseguir la estabilidad de las cuentas. Hacienda no ve ningún problema jurídico en el hecho de que sea la junta de Gobierno la que pueda autorizar el rescate. "Así cumplen la ley de estabilidad presupuestaria, no hay ni una sola tacha de inconstitucionalidad ni hemos recibido ninguna crítica desde la Federación de Municipios y Provincias", aclara el ministerio.
Fuente: El país
miércoles, 5 de marzo de 2014
El Defensor del Pueblo recurre el plan de rescate municipal del Gobierno
19:00
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