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lunes, 5 de marzo de 2012

El TS rechaza una querella contra Garzón en la que se le acusa de 15 delitos

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado admitir a trámite una querella presentada contra el exjuez Baltasar Garzón por Ernesto Koplowitch --hermanastro de Esther y Alicia Koplowitch-- en la que acusa al magistrado de la comisión de 15 delitos, entre ellos prevaricación, por archivar en julio de 2004 un procedimiento instruido por el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional contra su primo Carlos.

La investigación de la Audiencia Nacional se remonta a 1992, año en el que Ernesto Koplowitch se querelló contra su primo al que acusaba de estafa, apropiación y falsedad por no entregarle una cantidad de 12 millones de euros e incumplir así un acuerdo establecido entre ambos.

Garzón sobreseyó la causa en julio de 2004 al considerar que no quedaba acreditada la comisión de ningún hecho delictivo. Esta decisión fue posteriormente confirmada por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal.

Según explican en un auto hecho público hoy los magistrados Juan Saavedra, Andrés Martínez Arrieta y Juan Ramón Berdugo las resoluciones de Garzón en este caso "no constituyen un apartamiento del principio de legalidad ni una interpretación irrazonable".

"Desahogo personal"

"Los argumentos del querellante parecen más un desahogo personal que el relato de unos hechos que pudieran ser constitutivos de delito", especifica el auto del alto tribunal que añade que si los hechos hubieran sido como los describe el empresario "resulta inexplicable" que no hubieran sido reparados en la vía del recurso.

La querella presentada por Ernesto Koplowitch acusaba a Garzón de retrasar la instrucción "por más de cuatro años", hacer desaparecxer al menos 254 folios de documentos públicos judiciales aportados y enviar a la policía al domicilio del procurador del empresario tratándole así "como un vulgar delincuente".

El empresario acusaba a Garzón de cometer delitos de prevaricación, infidelidad en la custodia de documentos, falsedad documental, omisión del deber de perseguir delitos, realización arbitraria del propio derecho, obstrucción a la justicia, encubrimiento, coacciones, circunstancias agravantes, desobediencia, atentados contra la integridad moral, daños, denegación del auxilio judicial, delitos continuados y cometidos por los funcionarios públicos.

Fuente: Europa Press

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