La Fiscalía ha solicitado al Tribunal Supremo apartarse de la causa impulsada por la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH) contra el diputado del Partido Popular Rafael Hernando al argumentar que las injurias que se le atribuyen deben ser objeto de una querella entre "particulares".
En un escrito, el fiscal Salvador Viada esgrime que el Ministerio Público "carece de legitimación" para actuar en este caso ya que los hechos aparecen calificados como un delito continuado de injurias graves con publicidad cometido entre particulares. Las víctimas se querellaron contra Hernando por decir en un medio de comunicación que solo se acuerdan de sus familiares cuando hay subvenciones.
Según explica, el artículo 105 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece las "obligaciones genéricas" respecto a la intervención de la Fiscalía en los procedimientos penales y excluye de su ámbito de actuación "aquellas causas que el Código Penal reserva exclusivamente a la querella privada". "Este es el caso que no ocupa", añade.
El fiscal considera acreditado que la querella se dirige contra una persona que ostenta la condición de diputado, un extremo que "además de ser notorio, está documentado en las actuaciones". "Siendo así, creemos que la competencia para la instrucción y el enjuiciamiento de las actuaciones corresponde al Tribunal Supremo", remacha.
La querella, a la que ha tenido acceso Europa Press, pide que Hernando sea condenado a participar durante cinco días como voluntario en un proyecto de exhumación a pie de fosa y pague una indemnización para reparar el "daño moral" sufrido por "humillarlas" al decir que las víctimas solo se acuerdan de sus familiares cuando hay subvenciones.
A "modo simbólico", solicita de forma provisional que abone 1.000 euros, cantidad que la asociación destinará a la financiación de proyectos de exhumación que actualmente son costeados por las propias agrupaciones y llevados a cabo por voluntarios.
El colectivo lamenta que Hernando todavía no les haya dirigido una "clara disculpa" por sostener de forma "falaz e insultante" que los afectados solo se acuerdan de sus familiares cuando hay subvenciones.
Para los querellantes, la afirmación de Hernando en un programa de televisión es "falaz, insultante, ofensiva e injustificada" toda vez que las asociaciones de víctimas del franquismo no reciben subvenciones desde finales de noviembre de 2011 –desde que el PSOE dejó el Gobierno-- y, en cualquier caso, las ayudas no se destinan directamente a los afectados, sino a actividades relacionadas con las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura.
La Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica recuerda que Hernando es abogado de profesión y es "manifiesto conocedor" de las normas que emanan de las Cortes Generales, teniendo, por tanto, sus declaraciones un "carácter ofensivo" que constituye "un atentado muy grave contra la dignidad toda vez que se han producido con un conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio a la verdad".
Considera también que su "única motivación" era "humillar" a las víctimas al girar sobre unos hechos "notorios y execrables como son los cuerpos sin vida que permanecen en las cuentas de la geografía española" con expresiones que "difamatorias" contra personas que buscan a sus familiares, atribuyéndoles comportamientos de falsedad que hace desmerecer el público aprecio y respeto que merecen.
El escrito concluye que Hernando traspasó los límites de la libertad de expresión con una "injustificada" lesión a la asociación querellante y solicita al Tribunal Supremo que le llame a declarar para proseguir el procedimiento.
Fuente: El boletín
jueves, 15 de mayo de 2014
La Fiscalía del TS entiende que insultar en público a las víctimas de Franco es un asunto privado
12:00
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