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jueves, 9 de febrero de 2012

El Supremo inhabilita once años a Garzón por el 'caso de las escuchas'

El Tribunal Supremo ha inhabilitado once años al juez Baltasar Garzón por ordenar las escuchas en la trama Gürtel.

La decisión ha sido tomada por unanimidad por los siete miembros de la sala. La petición de la acusación ascendía a 17 años por los delitos de prevaricacion y vulneración de garantias constitucionales, por actuar contra el derecho a la defensa de los acusados.

La sentencia implica pérdida definitiva del cargo que ostenta. Garzón ha sido condenado además a una multa de 6 euros al día durante 14

meses. Es decir, un total de 2.520 euros.

El escrito considera que "el derecho de defensa es un elemento nuclear en la configuración del proceso penal del Estado de Derecho como un proceso con todas las garantías" y que "las posibles restricciones deben estar especialmente justificadas".

Los magistrados argumentan que Garzón no justificó suficientemente las razones por las que ordenó las escuchas y así lo indica: "acordaron la escucha y grabación de las comunicaciones entre los imputados presos y sus abogados defensores sin que existieran datos de ninguna clase que indicaran que los letrados mencionados en los hechos probados estaban aprovechando el ejercicio de la defensa para cometer nuevos delitos".

"El Poder judicial se legitima por la aplicación de la ley a la que está sujeto, y no por la simple imposición de sus potestades", continúa la sentencia. Para los magistrados, estas prácticas "sólo se encuentran en los regímenes totalitarios".

El juez acusa a Garzón de actuar "sólo por su propia subjetividad concretada en una forma particular de entender la cuestión a resolver y prescindiendo de todos los métodos de interpretación admisibles en derecho". Además, considera que el magistrado sustituyó "el imperio de la ley por un acto contrario de mero voluntarismo".

Considera el Supremo que la decisión de ordenar las escuchas "no puede ser explicada mediante ninguna interpretación razonable efectuada con los métodos usualmente admitidos en Derecho". "La pretensión legítima del Estado en cuanto a la persecución y sanción de las conductas delictivas sólo debe ser satisfecha dentro de los límites impuestos al ejercicio del poder por los derechos que corresponden a los ciudadanos en un Estado de derecho", añade. "La justicia obtenida a cualquier precio termina no siendo Justicia".

El Tribunal asevera que la "confidencialidad" de las relaciones entre imputado y abogado es "un elemento esencial" y que "si un abogado no pudiese entrevistarse con su cliente sin tal vigilancia y recibir de él instrucciones confidenciales, su asistencia perdería mucha de su utilidad". Y reitera: "la intervención de las comunicaciones (...) sólo pueden acordarse en casos de terrorismo y previa orden de la autoridad judicial competente".

El fallo asegura que Garzón cometió "un acto arbitrario" que "desmantela la configuración constitucional del proceso penal como un proceso justo" y "causó con su resolución una drástica e injustificada reducción del derecho de defensa y demás derechos afectados anejos al mismo".

"Linchamiento y escándalo"

Tras conocer la sentencia, el abogado de Garzón, Francisco Baena Bocanegra, ha afirmado en declaraciones a la Cadena SER que su cliente es "absolutamente inocente" y que no pueden admitir otro pronunciamiento que "la absolución". "Se han equivocado, mi planteamiento es recurrir", ha asegurado.

"El Supremo no me va a quitar mi fe en la justicia", ha rematado Bocanegra, indignado con el fallo judicial.

También las redes sociales han reaccionado negativamente a la sentencia del Supremo. Uno de los primeros en hablar sobre el fallo ha sido el diputado de IU por Asturias, Gaspar Llamazares, que ha tildado de "linchamiento" y "escándalo" al juez.

"Coloca las cosas en su sitio"

Más positiva ha sido la reacción del letrado del presunto cabecilla de la trama Gürtel, Francisco Correa, quien cree que la sentencia "coloca las cosas en su sitio". José Antonio Choclán ha mostrado su satisfacción "profesional, que no personal".

"Esta sentencia coloca las cosas en su sitio y repara nuestra honorabilidad", ha añadido Choclán, quien considera que la resolución era "necesaria" para el Estado de derecho y para "marcar un patrón para la actuación de la Fiscalía".

Objetivo: Garzón

Los abogados de los cabecillas de la Gürtel lograron sentar en el banquillo a Garzón acusándole de vulnerar los derechos elementales de defensa al ordenar escuchas en las conversaciones en prisión entre los acusados y sus letrados.

El magistrado siempre ha defendido que las escuchas eran legales porque existían indicios de que los abogados eran parte de la trama y porque en las entrevistas hablaban de cómo harían para ocultar el dinero obtenido de forma ilícita.

De hecho, las escuchas fueron pedidas por la Policía, avaladas por la Fiscalía y prorrogadas por el juez que continuó la instrucción, el magistrado Antonio Pedreira. Pese a ello, la acusación únicamente se ha dirigido contra Garzón.

La base legal de las escuchas tiene tantos vacíos que España es periódicamente reprendida en foros internacionales por su indefinición, que suele asociarse a un margen de maniobra del juez demasiado amplio. Tanto, que ningún magistrado ha sido juzgado antes por ordenar escuchas, según subrayan varios expertos consultados. La propia Fiscalía aportó en el juicio contra Garzón ejemplos de dos escuchas que afectaron también a los letrados y que nadie consideró "monstruosas": la impulsada para intentar localizar el cuerpo de la joven Marta del Castillo y las del ya fallecido Pablo Vioque, condenado por narcotráfico.

De los siete magistrados del tribunal de las escuchas, tres tuvieron que apartarse del caso simultáneo del franquismo por falta de imparcialidad objetiva Francisco Monterde, Juan Ramón Berdugo y Joaquín Jiménez, y sólo este último lo hizo de forma voluntaria; otro formó parte del tribunal que reactivó la causa del Santander Miguel Colmenero, otro actuará como magistrado ponente enel juicio del franquismo Andrés Martínez Arrieta, y Luciano Varela y Manuel Marchena han sido directamente los instructores de las otras dos causas abiertas.

La causa de las escuchas fue la última de las tres que tiene pendientes el juez pero la primera en ser juzgada, en una sesión que se inició el pasado 17 de enero. Garzón también se enfrenta a dos causas más por investigar los crímenes del franquismo y por supuestos pagos recibidos en unos cursos en Nueva York.

Fuente: Público

Sentencia íntegra Ver online


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