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viernes, 5 de septiembre de 2014

La fuga de Aguirre se juzgará como un delito de desobediencia castigado hasta con un año de cárcel

La Audiencia de Madrid ha estimado en parte un recurso de apelación y sienta en el banquillo a la expresidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, que deberá ser juzgada por un supuesto delito cometido al chocar contra un vehículo policial y darse a la fuga.

Esa es la consecuencia de un auto dictado hoy por la Audiencia Provincial de Madrid, que estima en parte un recurso de apelación interpuesto por la acusación popular del caso contra la decisión del juez instructor número 14 de Madrid, que había dictado que fuera juzgada por una falta y no por un delito.

En un auto divulgado hoy, la Audiencia resuelve que la actuación de Esperanza Aguirre podría implicar que cometió un delito de desobediencia a la autoridad, tipificado por el artículo 556 del Código Penal, que contempla penas de seis meses a un año de prisión.

Sin embargo, la Audiencia rechaza que Esperanza Aguirre hubiera incurrido en un delito de resistencia activa a los agentes, como pedía la acusación popular. En este caso, hubiera sido juzgada por el artículo 550 del Código Penal, que implica una condena de entre dos y cuatro años de cárcel.

La Audiencia resuelve que los hechos descritos en el caso, sin entrar a juzgarlos, sean instruidos como un posible delito de desobediencia y "vendrían a suponer una desobediencia tenaz, contumaz rebelde, decidida y terminante" representada por "múltiples" actos concretos de desobediencia a los policías municipales y agentes de movilidad, "acompañada la desobediencia incluso de expresiones de menosprecio" de Aguirre hacia los agentes.

El auto describe lo ocurrido el pasado 4 de abril, cuando Aguirre aparcó en doble fila en plena Gran Vía, fue parada por los agentes por dicha infracción y llegó a chocar con su vehículo contra ellos y darse a la fuga. El incidente comuenza cuando llega Esperanza Aguirre y los agentes le están poniendo una multa a su vehículo, que había estacionado en el carril bus. Le piden el permiso de conducir y la documentación y ella les entrega unos papeles al tiempo que les decía: "¿Qué pasa? ¿Bronquita y denuncia? Venís por mi porque soy famosa. Tienes la placa. Denuncia al vehículo"... Así comienza el incidente.El juez instructor del caso, Carlos Valle, resolvió tramitar como juicio de faltas el incidente de tráfico de Esperanza Aguirre. Pero la asociación Transparencia y Justicia, que ejerce la acusación popular, recurrió este auto ante la Audiencia de Madrid al considerar que por los mismos hechos cualquier ciudadano hubiera sido detenido y juzgado por un delito a través de un juicio rápido.

La Fiscalía de Madrid defendió ante la Audiencia que el incidente no alcanzaba la entidad suficiente como para ser considerado delito, sino como falta. El Ministerio Público apoyó así la resolución del juez instructor al tiempo que aportaba varias sentencias de las audiencias de Barcelona, León, Málaga, Castellón o Burgos con casos de personas juzgadas por falta cuando se habían fugado de la policía.

Fuente: Público

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