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sábado, 10 de mayo de 2014

La Junta Electoral multa a Ana Botella con 600 euros por vulnerar la ley electoral

La Junta Electoral de Madrid ha sancionado este viernes a la alcaldesa de la capital, Ana Botella, con una multa de 600 euros por vulnerar la ley electoral al haber inaugurado la conocida como 'Operación Asfalto' dentro del plazo en el que está prohibido realizar este tipo de actos para evitar el condicionamiento del voto de cara a unas elecciones.

En una resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, la Junta Electoral de Zona de Madrid considera, por cuatro votos a favor y uno en contra, que el acto de inauguración efectuado el pasado 25 de abril son "constitutivos de una infracción" prevista en el artículo 50.3 de la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio del Régimen Electoral General, ya que "la Operación Asfalto podía haber comenzado sin necesidad de una inauguración formal publicada en los medios y que constituye una injerencia en el proceso electoral". Como consecuencia, la Junta ha acordado por mayoría de 3 votos a favor y 2 en contra imponer una multa de 600 euros a la alcaldesa, dentro de un baremo que oscila entre los 300 y los 3.000 euros de multa para autoridades y funcionarios, según el artículo 153 de la mencionada ley.

El Consistorio ya ha anunciado que recurrirá esta resolución ante la Junta Electoral Provincial de Madrid, al considerar que "en absoluto es un acto electoral" puesto que "la Operación Asfalto se lleva haciendo 25 años en el Ayuntamiento, y el Ayuntamiento no puede parar porque haya unas elecciones", han informado a Europa Press fuentes municipales.

"Era una visita de obras, no estaba inaugurando nada nuevo. Es un plan de inversiones que viene recogido en los contratos integrales del Ayuntamiento de Madrid. Desde el mes de enero se están acometiendo ya obras, y esta era una más, pero tenía que empezarse cuando las condiciones climatológicas lo permitieran", han explicado las mismas fuentes. "Los partidos que están en la oposición intentan que el Ayuntamiento, en el que no han gobernado desde hace 25 años, paralice actuaciones que benefician a los ciudadanos, pero el Ayuntamiento no va a parar porque es una obligación que tiene con los ciudadanos", han concluido.

Por su parte, el portavoz adjunto del Grupo Socialista en el Ayuntamiento de Madrid, Diego Cruz, ha declarado a Europa Press que la "vulneración" de esta ley es un hecho "muy grave", propio de "los trucos de un tahúr de poca monta" al intentar "soslayar la legislación". Cruz se ha alegrado de la resolución de la Junta Electoral de Madrid, y ha acusado al PP de "intentar frenar y ocultar el debate" de cara a las elecciones al Parlamento Europeo, ya que, además del acto de la Operación Asfalto, "hay cinco distritos de Madrid donde sólo hay un sitio para realizar actos públicos o debates, para acercar la propuesta electoral a los ciudadanos".

"Por mucho que intente el Ayuntamiento aducir diferentes circunstancias, hace dos años que no se producía la Operación Asfalto", ha hecho hincapié el portavoz adjunto socialista, quien ha incidido en que hay que "tener respeto a las reglas democráticas". Esta resolución es fruto del documento presentado por el PSOE ante la Junta Electoral de Zona de Madrid el pasado 28 de abril, solicitando que se incoase procedimiento sancionador al exponer que estas obras suelen ejecutarse durante el verano, pero que en esta ocasión se han realizado en periodo electoral "con el único ánimo de publicitar favorablemente la gestión del Partido Popular en el Ayuntamiento de Madrid, y justificar ante el electorado la inexistente operación de años previos".

El documento presentado por los socialistas incide además en la repercusión que la asistencia de la alcaldesa a las obras tuvo en los medios de comuniación y considera "innegable" que se trata de "propaganda electoral en beneficio del Partido Popular, sufragado todo ello con medios públicos al disponer de los recursos municipales". Por su parte, desde la Coordinación General de la Alcaldía se alegó que no se trataba de un acto de inauguración sino de "un acto recurrente regular", que en dicho acto no se pidió el voto de los electores y que "la comunicación institucional del Ayuntamiento de Madrid no está prohibida" mientras no se relacione con los comicios.

Fuente: Público

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